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Se reinstaura el Canon Digital

28-08-2017

El Gobierno de España ha reinstaurado el Canon Digital, a través del Real Decreto Ley 12/2017 de 3 de julio.

 

También conocido como “tasa por copia privada”, se trata de un canon que se aplica sobre los productos tecnológicos con capacidad para hacer copias o almacenar obras protegidas por derechos de autor, principalmente películas, música y libros, y que se entrega a los autores para compensarles por la realización de copias privadas sobre sus obras previamente adquiridas legalmente.

Solo da derecho a copiar para uso privado obras protegidas previamente adquiridas legalmente, no sustituye a la obligación de pagar por la compra o el acceso a las obras protegidas. Puede encontrar el texto íntegro del Real Decreto Ley en este enlace del BOE. 

Por eso, desde el 1 de agosto las empresas estamos obligadas a incluir esta tasa adicional al precio del producto en las facturas de determinados dispositivos.

 

Aún así, se exceptúa de este pago, siempre que obtengan la documentación necesaria para justificarlo, a:

  • Las personas físicas y jurídicas que justifiquen el destino profesional de los equipos y soportes adquiridos. Tienen que obtener un certificado de exclusión emitido a su favor por una nueva entidad gestora que se creará para ello.
  • Las entidades integrantes del sector público. Tienen que presentar certificado emitido por el órgano competente de la Administración.

 

Si en el momento de realizar la compra, la empresa no dispone de dicho certificado que justifique su excepción, se le va a aplicar la tasa por copia privada. Según comunicó el Gobierno, está prevista la constitución de la Entidad Gestora con sede digital encargada de realizar todas las tramitaciones relativas a la recaudación del Canon Digital y la gestión de las certificaciones, exenciones y reembolsos. El Real Decreto Ley no especifica la denominación de esta entidad administradora de los derechos, ni ningún dato adicional que puedan permitir una mejor identificación.

 

El canon afecta a múltiples productos de IT y soportes de reproducción en España. Los artículos sujetos a la tasa por copia privada y sus importes son:

  • Impresoras multifunción: 5,25 euros / unidad
  • Impresoras monofunción: 4,50 euros / unidad
  • Grabadoras de discos: 0,33 euros / unidad
  • Grabadoras de discos "versátiles específicos o mixtos": 1,86 euros / unidad
  • Discos no regrabables: 0,08 euros / unidad
  • Discos regrabables: 0,10 euros / unidad
  • Discos versátiles no regrabables: 0,21 euros / unidad
  • Discos versátiles regrabables: 0,28 euros / unidad
  • Memorias USB y tarjetas de memoria: 0,24 euros / unidad
  • Discos duros externos: 6,45 euros / unidad
  • Discos duros integrados: 5,45 euros / unidad
  • Tablets y dispositivos portátiles de pantalla táctil: 3,15 euros / unidad
  • Móviles: 1,10 euros / unidad

 

El Canon Digital no es un impuesto, por tanto lleva IVA. Los PCs, portátiles, tablets o teléfonos móviles no pueden llevar más de un canon. 

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